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Si Se Puede Ecuador > Seguridad > Zonas de Seguridad, lo que debes saber de la guerra interna
Seguridad

Zonas de Seguridad, lo que debes saber de la guerra interna

Redacción
Last updated: abril 14, 2024 5:20 pm
Redacción Published abril 14, 2024
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De acuerdo a la Ley de Seguridad Pública y del Estado se entiende como ‘zona de seguridad’ al espacio territorial ecuatoriano cuya importancia estratégica, características y elementos que la conforman, requieren de una regulación especial con la finalidad de garantizar la protección del lugar ante eventuales graves afectaciones o amenazas.

La continuidad de la guerra interna, con sus limitaciones

Y el Gobierno ecuatoriano decidió el pasado 8 de abril que las cárceles del país son ahora una zona de seguridad con el objetivo de que uniformados de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) permanezcan en dichos espacios tras la finalización del estado de excepción.

El presidente Daniel Noboa reconoció que el conflicto armado interno no ha terminado y, por ello, emitió el Decreto Ejecutivo 218, para establecer los pilares o lineamientos que permitan determinar protocolos y los controles estrictos en aquellos espacios.

Pero también, en el artículo 6 de dicho documento abre la posibilidad de que el primer mandatario pueda declarar como zona de seguridad cualquier otro espacio geográfico del país, luego de una recomendación del Comité de Crisis y del Consejo de Seguridad Pública y de Estado (Cosepe).

Lo particular del mandato es que estas áreas de seguridad tendrán la “calificación de secretas” para que puedan estar bajo el control y responsabilidad de las FF. AA. La medida pretende que exista un dominio militar sin que implique obtener un título de propiedad castrense.

En la actualidad se ha distribuido a militares en distintas partes del país.KARINA SOTALÍN

Entonces, ¿un sector que se vuelve conflictivo puede ser considerado zona de seguridad? El experto en esta materia, Daniel Pontón, señala que en Ecuador ya se ha declarado así a varios territorios como, por ejemplo, las zonas fronterizas de la nación, debido a múltiples problemas presentados y también donde hay proyectos con recursos estratégicos nacionales. 

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Pero en un barrio, cantón o sector debe ser una medida extrema y de última instancia, porque además de cumplir los requisitos que ordena el artículo 46 de la Ley de Seguridad Pública y de Estado, debería existir “un problema o amenaza que ponga en grave peligro la vida de los habitantes”.

Y añade que las intervenciones dadas en Socio Vivienda o en el Guasmo Sur de Guayaquil son medidas distintas y momentáneas.

Recuerda que el enfoque en las cárceles se justifica porque se ha comprobado que es ahí donde se organiza el crimen en las distintas ciudades del país.

“El problema es si se va a mantener la medida permanentemente. Porque en la frontera está establecida desde hace mucho tiempo y nadie se atreve a quitar ese mandato porque es un territorio complejo. (En el decreto) No se establece tiempo de ejecución tras los estudios iniciales. Es el Cosepe el que señalará hasta cuándo deben estar (los militares), en función de otros nuevos estudios”, acota Pontón.

Si está dentro de la ley, me parece apropiado el uso de toda herramienta que sirva para contener los delitos en las cárceles y desde las cárceles. Así es posible controlar las calles y sectores».

 

En un plazo de 30 días que culmina el próximo 7 de mayo, las Fuerzas Armadas tienen que presentar los estudios y protocolos a seguir en el conflicto armado interno.

Plazos

Luego de los 30 días para la presentación de los estudios con los que se deben desarrollar los protocolos, no se indica en qué tiempo se deben iniciar los nuevos controles de seguridad en cárceles.

Proceso

Tras el fin del estado de excepción, se dispuso que las Fuerzas Armadas sean distribuidas en diferentes partes del país junto con la Policía Nacional para atender zonas conflictivas.

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