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Si Se Puede Ecuador > Noticias > Nacionales > Desde hoy, estas son las normas que rigen en Quito
Nacionales

Desde hoy, estas son las normas que rigen en Quito

Redacción
Last updated: septiembre 14, 2020 12:04 pm
Redacción Published septiembre 14, 2020
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A través de la Resolución 060 el Municipio de Quito norma desde hoy la movilidad, el uso del espacios públicos y otros temas que permitan contener la propagación del Covid-19 en la ciudadanía. Además, hoy se reactiva la matriculación vehicular.

Se mantiene la circulación de placas par el impar dependiendo de los meses. Los domingos y feriados circularán todas las placas.

 

Circulación vehicular en septiembre y meses impares:

 

Meses impares: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre

 

Lunes, miércoles y viernes: placa impar. Martes, jueves, sábado: placa par.
Domingos y feriados: todos los dígitos.

 

 

Circulación vehicular a partir de octubre y meses pares:

 

Meses pares: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre

 

Lunes, miércoles y viernes: autos con placa par.
Martes, jueves, sábado: placa impar.
Domingos y feriados: todos los dígitos.

 

SANCIONES: Los conductores que incumplan con la restricción vehicular serán sancionados con el 50% del salario básico unificado ($200) y el auto será retenido.

Salvoconductos

La Secretaría de Movilidad emitirá un instructivo en el que se darán a conocer los requisitos para que los conductores accedan a los nuevos salvoconductos.

Sin embargo, quienes ya tenían uno podrán seguirlo usando hasta el 31 de octubre.

Los propietarios de los autos que no requieran los salvoconductos (médicos, periodistas, abogados) deberán portar y presentar estos documentos: Licencia de conducir,  matrícula vehicular y credencial institucional.

Uso de espacios público

Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla que proteja la nariz y la boca.

Portar la cédula de identidad o cualquier documento oficial que permita acreditar la identidad.

Circular a una distancia de, al menos, dos metros de otras personas.

El uso de la mascarilla no será obligatorio para las personas que realicen actividades deportivas en las que se mantenga la distancia de dos metros.

No se podrán practicar deportes y actividades en espacios públicos en las que no se pueda garantizar el distanciamiento social.

 

SANCIÓN: Las personas que incumplan con estas disposiciones serán sancionadas con una multa del 25% del salario básico unificado ($100) Si reincide, $200. 

 

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