El Gobierno ecuatoriano dispuso, desde finales de junio de 2026, que el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) incorpore de forma progresiva herramientas de inteligencia artificial, minería de datos, aprendizaje automático y procesamiento de lenguaje natural para identificar patrones de riesgo en las compras estatales.
La medida se oficializó mediante el Decreto Ejecutivo 461, firmado por el presidente Daniel Noboa el 29 de julio de 2026, que reformó el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP).
Un decreto, pero no la primera experiencia
El Decreto 461 es, hasta el momento, la disposición más explícita del Ejecutivo para automatizar una función de control estatal mediante inteligencia artificial. Sin embargo, no se trata del primer caso de aplicación de esta tecnología en el sector público ecuatoriano.
Otras entidades ya reportan usos previos: el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) opera sistemas predictivos para la gestión de servicios, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emplea herramientas de análisis para detectar evasión fiscal, el ECU 911 mantiene videovigilancia con capacidades de análisis automatizado, y el Ministerio de Salud desarrolla proyectos piloto de telemedicina y diagnóstico asistido.
El diagnóstico oficial sobre inteligencia artificial en el sector público
Ese inventario proviene de la Estrategia para el Fomento del Desarrollo y Uso Ético y Responsable de la Inteligencia Artificial en el Ecuador (EFIA-EC), expedida por el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información el 19 de enero de 2026 mediante el Acuerdo Ministerial MINTEL-MINTEL-2025-0030.
El documento describe el estado actual del uso público de la inteligencia artificial como «experiencias aisladas sin una estrategia coordinada». A ese listado se suma la Superintendencia de Competencia Económica, que declara usar la tecnología para el monitoreo de mercados digitales, la identificación de indicios de colusión y el análisis predictivo del comportamiento de mercado, con herramientas de terceros bajo licenciamiento.
Adopción sin ley integral
La misma EFIA-EC cita un estudio de la plataforma Multitrabajos según el cual, en 2024, el 36% de los trabajadores ecuatorianos ya utilizaba herramientas de inteligencia artificial en sus tareas. Pese a ello, el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial ubica a Ecuador como «adoptante tardío», con una inversión en investigación y desarrollo equivalente al 0,44% del PIB.
En el plano normativo, Ecuador no cuenta con una ley específica de inteligencia artificial. Existen, en cambio, trece instrumentos dispersos, acuerdos ministeriales, resoluciones de superintendencias y decretos; acumulados entre noviembre de 2023 y julio de 2026, mientras ocho proyectos de ley sobre la materia permanecen pendientes en la Asamblea Nacional desde junio de 2024.


