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Si Se Puede Ecuador > Noticias > Nacionales > Presidente Noboa deroga decretos sobre indultos a privados de libertad
Nacionales

Presidente Noboa deroga decretos sobre indultos a privados de libertad

Redacción
Last updated: enero 23, 2025 2:07 am
Redacción Published enero 23, 2025
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Con fecha de este miércoles, 22 de enero de 2025, el presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo No. 511. En este se derogan los cinco decretos dispuestos entre el 2021 y 2023, en el gobierno de Guillermo Lasso.

Estos documentos están relacionados con las personas privadas de libertad (PPL) con sentencia ejecutoriada.

¿En qué consisten estos documentos derogados por Noboa?

En los Decretos Ejecutivos 264 y 265, el exmandatario concedió el indulto a presos con sentencias por contravenciones de tránsito, enfermedades catastróficas, enfermedades terminales,  tuberculosis multidrogorresistentes y pacientes con coinfección tuberculosis y VIH.

En el 355, Lasso determinó el indulto para sentenciados por robo, hurto, estafa y abuso de confianza, para aquellos sentenciados que hayan cumplido un 40% de la condena. Esto lo realizó con el objetivo de reducir el hacinamiento y la población carcelaria.

En el 816, el expresidente decretó el indulto para 130 mujeres privadas de libertad en situación de vulnerabilidad.

Finalmente, también se derogó el Decreto 949, el último que promulgó Lasso como presidente, y en cual establece indulto para personas privadas de libertad con diagnósticos validados por el Ministerio de Salud Pública (MSP) en las siguientes patologías: malformaciones congénitas de corazón y valvulopatías cardíacas, todo tipo de cáncer, tumor cerebral en cualquier estad, insuficiencia renal crónica, mal formaciones arterio venosas cerebrales, aneurisma tóraco-abdominal, tuberculosis, coinfección TB-VIH y VIH.

¿Qué establece el Decreto Ejecutivo 511?

En el Decreto derogatorio, el presidente Daniel Noboa establece que los efectos jurídicos de su decisión no afectarán a las personas privadas de libertad que cumplieron con los requisitos establecidos por los anteriores decretos ejecutivos hasta la fecha de su expedición.

Señaló que los servidores públicos que hayan facilitado la excarcelación de reos que no se enmarcan en la temporalidad y requisitos se enfrentarán a procesos administrativos y penales.

Noboa apuntó que -en caso de un futuro indulto- se dará un tratamiento individualizado a cada caso, con base al numeral 18 del artículo 147 de la Constitución del Ecuador.

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