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Si Se Puede Ecuador > Noticias > Nacionales > Presidente Noboa expide nuevo reglamento para reorganizar el sistema penitenciario
Nacionales

Presidente Noboa expide nuevo reglamento para reorganizar el sistema penitenciario

Redacción
Last updated: abril 24, 2026 2:35 am
Redacción Published abril 24, 2026
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El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo No. 366, mediante el cual se expide el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, una normativa que reorganiza la estructura institucional penitenciaria, refuerza los mecanismos de seguridad y control en los centros de privación de libertad y redefine criterios para la clasificación de internos.

El reglamento establece que el Sistema Nacional de Rehabilitación Social tendrá como finalidad garantizar los derechos de las personas privadas de libertad, asegurar su rehabilitación integral durante el cumplimiento de la pena y promover su reinserción social y económica. La norma será de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional para las entidades vinculadas a la rehabilitación y reinserción social.

Uno de los principales cambios es la reorganización institucional del sistema, que funcionará bajo una estructura de gobierno, dirección y ejecución. El Directorio del Organismo Técnico será el órgano de gobierno encargado de coordinar políticas de atención integral, mientras que el Organismo Técnico ejercerá la dirección, rectoría y regulación del sistema penitenciario.

La norma también define atribuciones para el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, que estará a cargo de la administración, operación, control y funcionamiento de los centros de privación de libertad. Entre sus competencias constan la ejecución de políticas penitenciarias, la organización del régimen de visitas, la seguridad de las personas privadas de libertad y la coordinación de funciones de inteligencia penitenciaria para detectar riesgos, amenazas o posibles actos de violencia.

En materia de seguridad, el decreto fortalece el rol del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, definido como una entidad civil, armada, uniformada y especializada, responsable de la seguridad, custodia y vigilancia en los centros penitenciarios. Además, el reglamento contempla la conformación de grupos especializados y la implementación de niveles de seguridad según el riesgo de la población penitenciaria.

El nuevo reglamento también clasifica los centros de privación de libertad en máxima, media y mínima seguridad. Para esta clasificación se deberán considerar criterios como la infraestructura física, el nivel de custodia requerido, el régimen interno, la intensidad de vigilancia, el riesgo de la población privada de libertad, la ubicación geográfica, la tecnología disponible y la oferta de programas. Como regla general, las personas privadas de libertad serán ubicadas en centros cuyo nivel de seguridad corresponda a su nivel de riesgo.

Respecto a la ubicación de los internos, el decreto dispone que las personas privadas de libertad deberán ser alojadas en etapas y pabellones diferenciados según su condición jurídica, antecedentes penales, conducta penitenciaria, motivos de detención, régimen aplicable, tipo de infracción, nivel de riesgo, sexo o identidad de género y edad. También se prevén espacios diferenciados para mujeres embarazadas, madres con hijos de hasta 36 meses, adultos mayores y personas con condiciones de doble vulnerabilidad por razones de salud.

El reglamento incorpora además nuevas reglas para el control de comunicaciones y visitas. Las visitas podrán ser presenciales o telemáticas, pero estarán sujetas al nivel de seguridad del centro y al nivel de riesgo de la persona privada de libertad. La norma permite restricciones, supervisión, monitoreo o grabación cuando sean necesarias para la seguridad penitenciaria, la prevención de delitos o investigaciones en curso, garantizando la confidencialidad en las comunicaciones con defensores técnicos.

Según el decreto, los centros deberán contar con un sistema informático de gestión penitenciaria, destinado a almacenar y actualizar información de cada persona privada de libertad, incluyendo procesos judiciales, clasificación inicial, nivel de seguridad, ubicación física, salud, beneficios penitenciarios, traslados, medidas no privativas de libertad y reportes disciplinarios.

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